3 de junio de 2026, MPIL Heidelberg
El 3 de junio de 2026, se realizó el Coloquio Iberoamericano n.º 348 del Instituto Max Planck de Derecho Público Comparado y Derecho Internacional. Este coloquio trató sobre los límites y el potencial del marco internacional actual en materia de reparaciones «transformadoras en materia de género» por las violaciones de los derechos humanos cometidas por empresas.
El Instituto Max Planck invitó a la Profesora Helena Catalina Rivera Cediel (Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Javeriana, Colombia), quien compartió los resultados preliminares del proyecto de investigación Un enfoque basado en la evidencia de la «reparación transformadora en materia de género» en materia de derechos humanos: un estudio en América Latina, codirigido por ella y la Profesora Laura Bernal-Bermúdez. Este proyecto se centra en la investigación empírica cuantitativa y cualitativa para comprender las necesidades y reivindicaciones específicas de las mujeres en contextos de violaciones de Derechos Humanos por parte de empresas, para comprender cómo se ven especialmente afectadas por las prácticas corporativas y así lograr reparaciones efectivas, sostenibles en el tiempo, transformadoras de las asimetrías en las que las mujeres se encuentran y sensibles a las variables de género. La investigación constituye uno de los primeros enfoques empíricos y participativos sobre la cuestión de cómo las mujeres afectadas por violaciones sistémicas de los Derechos Humanos por parte de las empresas en América Latina entienden, experimentan y definen las reparaciones desde una perspectiva de género.
Tomando como punto de partida los Principios de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos, un objetivo central del proyecto es analizar el concepto de «reparaciones transformadoras en materia de género», tal y como fueron definidas por el Grupo de Trabajo sobre Empresas y Derechos Humanos de las Naciones Unidas en 2019. Como resultado, la presentación señaló la actual falta de una metodología para la evaluación de daños con perspectiva de género, así como de un enfoque para hacer reparaciones transformadoras de género.
A continuación, el estudio empleó un enfoque inductivo inspirado en la investigación etnográfica, , tomando como base el trabajo de campo en en dos casos en Colombia donde hay afectaciones a derechos humanos en el contexto de la actividad corporativa de extracción de carbón y minería en El Platanal y El Topacio (Colombia). También se ha hecho trabajo de campo en Alta Verapaz (Guatemala), para comprender las perspectivas y necesidades de las víctimas tras las violaciones de los derechos humanos cometidas en el contexto de la construcción de una hidroeléctrica.
El estudio reveló que las actividades de las empresas habían alterado profundamente el tejido social de las comunidades actuales, afectando de manera especialmente negativa a las realidades vividas por las mujeres. Los daños identificados abarcaban desde daños sexuales y reproductivos, los efectos diferenciados de los daños ambientales, hasta la carga que supone asumir nuevos roles y deberes en la sociedad con riesgos considerables. Con base en el trabajo de campo, el proyecto de investigación ha identificado una nueva categoría de daño que es el “daño espiritual”, especialmente relevante para los mayas q’eqchi’ de Alta Verapaz.
Los estudios de campo identificaron una multitud de demandas por parte de las personas entrevistadas sobre los tipos de reparación que buscaban, tales como una compensación económica, la reconstrucción de las estructuras sociales anteriores a las violaciones de derechos humanos o el desmantelamiento total del proyecto empresarial. Esto reveló cómo, desde la perspectiva de los investigadores, los enfoques «transformadores» de las reparaciones deben estar centrados en las víctimas y ser individualizados para no correr el riesgo de imponer estándares externos.
A partir de estos resultados, la profesora Rivera Cediel propuso un marco provisional basado que avanza en las investigaciones realizadas desde la teoría feminista de las reparaciones, las reparaciones estructurales e históricas, así como en la producción académica sobre empresas y derechos humanos, obteniendo una diversificación de los tipos de daños sufridos y de los tipos de mujeres afectadas, con el objetivo de evitar una homogeneización de los titulares de derechos afectados. Estas variables se formulan entonces como una posible base para el cálculo de una reparación sostenible y efectiva que se formulará en el futuro del proyecto.
El debate posterior exploró algunas de las tensiones generadas por un enfoque «transformador». Si bien la transformación impuesta desde estándares externos puede profundizar daños o causar nuevas afectaciones, es importante reconocer que la reparación transformadora de género tiene un potencial en términos jurídicos y sociales que el proyecto puede reconstruir. También desde el punto de vista normativo, se propuso que podría ser útil mantener una definición amplia de «daño transformador de género» en el derecho internacional. Por último, el debate se centró en el papel del Sistema Interamericano de Derechos Huamnos, donde ya se han desarrollado importantes estándares sobre empresas y derechos humanos tanto en informes de la Comisión como en diversos casos contenciosos como el de Fábrica de Fuegos vs. Brasil (2020) o La Oroya vs. Perú (2023), decididos por la Corte Interamericana. Existen también importantes avances en materia de estándares de Derechos Humanos con enfoque de género en las opiniones consultivas OC 31 de 2025 (derecho al cuidad) y OC 32 de 2025 (DDHH y emergencia climática) de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que pueden aportar al desarrollo de un enfoque de reparación con perspectiva de género. Siguiendo el enfoque de investigación del ICCAL, se propuso también reconstruir la categoría de reparación transformadora de género con la técnica constitucional de interpretación basada en principios, lo cual permitiría balancear la necesidad de una reparación que corrija asimetrías de género sin perder la sensibilidad al contexto. También se recomendó examinar cómo la jurisprudencia constitucional regional puede aportar a un constitucionalismo transformador multinivel en el contexto de violaciones a derechos humanos causados por empresas.
