El martes 13 de octubre de 2026, el auditorio de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), en Los Yoses, San Pedro (Costa Rica), acogió la presentación del libro El control de convencionalidad. Impacto, transformaciones y desafíos, en el marco del VIII Foro del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, “El control de convencionalidad en el Sistema Interamericano: a 20 años de la sentencia del caso Almonacid Arellano y otros vs. Chile”. Los coordinadores Rodrigo Mudrovitsch, actual presidente del Tribunal Interamericano, Mariela Morales Antoniazzi, co-fundadora y coordinadora del proyecto ICCAL del Instituto Max Planck de Derecho Público Comparado y Derecho Internacional (MPIL), y Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot, exjuez y expresidente de la Corte IDH y miembro de la Comisión Internacional de Juristas, agradecieron la dirección editorial de Willy Rodrigo Paz Supo y a las autoras y autores, e igualmente el apoyo financiero de la Sociedad Alemana de Cooperación Internacional (GIZ) para el acceso online de la obra y la labor de publicación de Tirant lo Blanch.
Nace in memoriam de Sergio García Ramírez, exjuez y expresidente de la Corte IDH. En 2003, en su voto concurrente en Myrna Mack Chang vs. Guatemala, escribió que no es posible “seccionar internacionalmente al Estado”, dejando las actuaciones de algunos de sus órganos fuera del “control de convencionalidad”. Tres años después, el 26 de septiembre de 2006, la Corte Interamericana adoptó la expresión por unanimidad en Almonacid Arellano vs. Chile.
A veinte años de Almonacid, la obra colectiva hace balance. Reúne cuarenta y siete contribuciones de la mano de sesenta y cinco autoras y autores, de 25 países, que representan a los diversos actores de la comunidad de práctica de derechos humanos de América Latina, pero trasciende a Europa, África y Asia. Sus cinco partes examinan la tríada del impacto, las transformaciones y los desafíos. A lo largo de estas dos décadas, el control de convencionalidad se ha convertido en el mecanismo esencial de un derecho común latinoamericano. Al mismo tiempo, circula por otros sistemas como equivalente funcional. La doctrina no viaja como trasplante, sino como un espejo en el que otros sistemas reconocen sus propias técnicas. Y su futuro se enlaza con instituciones independientes que lo ejerzan y con una academia que analice la navegación americana.



La imagen y sus cimientos
Armin von Bogdandy y Manuel Góngora, en su capítulo, ofrecen una imagen emblemática para revelar el alcance del control de convencionalidad. Afirman que, durante dos siglos, el constitucionalismo latinoamericano fue un conjunto residencial: viviendas distintas, unas más luminosas, otras con debilidades estructurales, pero en un mismo entorno. Lo decisivo de la Corte Interamericana fue añadir un segundo piso a ese edificio. Y el control de convencionalidad es la escalera dogmática que conecta el piso nacional con el regional.
Sus cimientos se han ido construyendo caso a caso, con la base normativa en los artículos 1.1 y 2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos destinados a respetar, garantizar y adecuar el derecho interno; el artículo 29 que contiene el principio pro persona; el artículo 25 alusivo al recurso efectivo, que hace del juez el primer guardián de los derechos; y los artículos 26 y 27 de la Convención de Viena en torno al pacta sunt servanda y la prohibición de invocar el derecho interno para incumplir un tratado.
Estructurado en cinco partes, el volumen examina cómo esta doctrina ha calado en los ordenamientos latinoamericanos, las metodologías de recepción, la práctica judicial, los sujetos obligados, el parámetro y la intensidad del control. Si bien se advierten los casos de uso abusivo, el mapeo de los estudios nacionales recoge la interacción con el Sistema Interamericano, a la vez que integra las miradas de personas defensoras de derechos humanos, ONGs, defensorías públicas. Veinte años después del leading case, la obra colectiva pone de relieve la centralidad del control de convencionalidad para el proyecto ICCAL. La doctrina cumple una función social como escudo jurídico frente a regímenes autoritarios, impulsa diálogos y orienta el constitucionalismo regional transformador.
