8. julio 2026

Perspectiva constitucional para la democratización venezolana

Un aspecto central de los actuales esfuerzos de reinstitucionalización democrática en Venezuela consiste en adoptar decisiones que permitan recuperar un marco constitucional para el desarrollo del proceso político. La situación creada a raíz del 3 de enero de 2026 ha agigantado la dimensión fáctica y ha minimizado la de carácter jurídico, que ya estaba comprometida. Actores internacionales empoderados han fijado tres fases que deberían ser recorridas, la recuperación, la estabilización y la transición; lo cual ha sido respaldado luego por varios actores políticos nacionales. Pero no está claro cuánto dura y en qué consiste exactamente cada una y pareciera estar fuera de nuestro alcance determinarlo. Después de hacer un repaso sobre las vigentes circunstancias en el ámbito de los derechos humanos e institucional-legislativo, pasaré a formular algunas reflexiones sobre algunas condiciones para apuntalar la democratización.

Derechos humanos y ley de amnistía

La represión ha disminuido, al igual que la persecución política. El anuncio de la ley de amnistía suscitó algunas esperanzas y en su elaboración hubo un proceso de consulta más amplio al habitual en estos años. La versión sancionada mejoró en algunos aspectos la regulación propuesta originalmente. Esta ley ha permitido liberar a varias personas detenidas por motivos políticos, a las cuales se suman otras que habían sido excarceladas por otros procedimientos antes de la entrada en vigor de esa ley o que lo han sido después. Han regresado al país dirigentes opositores, algunos para ser beneficiarios de la ley de amnistía. Sin embargo, varias ONG han denunciado las limitaciones de la ley, las exclusiones, la discrecionalidad en su aplicación, la inobservancia de estándares internacionales. En particular, se objeta el desconocimiento del derecho a la verdad de quienes han sido liberados después de sufrir privaciones arbitrarias de la libertad o el de otras víctimas de violaciones a derechos humanos, del derecho a la justicia y a la reparación, y la ausencia de garantías de no repetición. Aún hay detenidos por razones políticas.

El mayor reclamo social radica en que, pese a las excarcelaciones o liberaciones, las normas y el aparato represivos no han sido removidos. La liberalización política que el país requería se circunscribió a hacer cesar algunas medidas injustas pero no se han abandonado los poderes que permitirían volver a imponer otras semejantes. Al mismo tiempo ha de tenerse en cuenta que el margen de acción de las actuales autoridades y funcionarios, incluso en materia de uso de la fuerza policial y de persecución penal, se ha estrechado, como consecuencia de la presencia de las nuevas instancias empoderadas. Ha aumentado la protesta social y hay más espacios de debate sobre temas sociales y políticos. Algunos medios de comunicación están dando cabida a mayor diversidad de opiniones e informaciones, incluyendo las de carácter político y de contenido crítico respecto del gobierno, todavía con límites y formas de censura. Varios partidos políticos de oposición están celebrando asambleas en distintos lugares del territorio nacional y están reagrupando la militancia, aunque no están reconocidos formalmente. En esta ambigüedad y con esa impronta tutelar se desenvuelve el escenario sociopolítico.

La producción legislativa y el marco institucional

Aparte de la ley de amnistía, las prioridades legislativas han recaído sobre leyes del campo económico, especialmente sobre la reforma de la Ley Orgánica de Hidrocarburos. Antes incluso de promulgar aquella ley se había sancionado la reforma de esta última, que fue tramitada expeditivamente por la Asamblea Nacional, con mínimo debate y opacas consultas. Se estima que la reforma legal favorece las operaciones de empresas estadounidenses y otras del área en el sector de los hidrocarburos, al establecer un régimen de amplia participación del capital privado en estas actividades, rompiendo con el paradigma precedente y suscitando algunas dudas de constitucionalidad. Todos estos cambios sustanciales, en una materia de tanta relevancia para Venezuela, se aprobaron sin la debida deliberación pública. Esto es expresión de la forma en que se ejerce la función legislativa en asuntos prioritarios para agentes internacionales, sin que estén salvaguardados los intereses nacionales. En modo similar se sancionó la Ley Orgánica para la Celeridad y Optimización de Trámites Administrativos y la Ley de Minas.

En el ámbito institucional, generó expectativas la renuncia a sus cargos del Fiscal General de la República y del Defensor del Pueblo, pero al final la designación efectuada en la Fiscalía General de la República implicó un reacomodo dentro del régimen y la que tuvo lugar en la Defensoría del Pueblo supuso una tímida apertura. Por otra parte, está en curso un proceso de selección de magistrados en el Tribunal Supremo de Justicia, relacionado además con una reforma de la Ley Orgánica que rige a este órgano jurisdiccional, la cual aumenta a 32 el actual número de 20 integrantes del tribunal. Anteriormente se habían experimentado incrementos y reducciones en la composición de este órgano, con propósitos de captura política. La selección en desarrollo presenta deficiencias, pues no se sabe con certeza cuántas vacantes van a ser llenadas y en qué Salas y, lo más delicado, están ausentes las condiciones de confiabilidad y transparencia del proceso y evaluación objetiva de méritos, así como la voluntad de conformar un Tribunal Supremo de Justicia independiente. Existe el riesgo de que en esencia se proceda a un reparto de cuotas entre los partidos representados en la Asamblea Nacional, con algunos espacios para candidatos independientes.

Agenda para la reinstitucionalización democrática

Todo indica que las reformas ocurridas han servido más para un reacomodo que para una apertura real de las estructuras de poder. Hay incertidumbre sobre el futuro y, en especial, no está claro si se avecina una transición a la democracia. Es posible impulsarla con una agenda para la democratización. Evidentemente, apuntalar la democratización en Venezuela supone enlazar campos diversos de acción, en lo social, lo económico y lo político; en lo nacional y en lo internacional. Requiere de una amplia participación de la sociedad civil y de pluralismo político. A los puntos concretos de esta agenda, distribuidos en tres grandes esferas interdependientes, los derechos humanos, el Estado de Derecho y los derechos humanos, me he referido en otro lugar. Aquí se hará mención solamente a algunos elementos del sustento social y político de las medidas transformadoras,  en especial de las relativas al ámbito constitucional e institucional. Para avanzar apropiadamente en las reformas es necesario consolidar espacios sociales de discusión y propuestas, que articulen iniciativas de las redes de ONG, otras organizaciones de la sociedad civil, las Iglesias, las Universidades, los sindicatos, las organizaciones populares, para fortalecer los esfuerzos que se estén llevando a cabo por separado. Hay que fomentar adicionalmente instancias auténticas de diálogo político, con el objeto de propiciar acuerdos que permitan dar pasos hacia la construcción de la institucionalidad de un Estado de Derecho, con cambios de fondo, cimentados en la independencia judicial y de otros órganos de control. Debe atenderse también el tema de las elecciones, previa renovación del Consejo Nacional Electoral y con garantías para elecciones libres, justas y verificables. Ello presupone el reconocimiento de organizaciones políticas y el cese de barreras arbitrarias a la postulación de candidaturas, como también garantías poselectorales para todos los competidores, previamente acordadas, en particular para quienes no sean favorecidos por el resultado electoral, de modo de promover el pluralismo y la paz en la fase posterior a los comicios y a un eventual cambio de poder.

Cita recomendada
Jesús María Casal, Perspectiva constitucional para la democratización venezolana, 8. julio 2026, ICCAL Blog, https://iccal.lat/blog/democratizacion-venezolana-marco-constitucional/

Autores

Jesús María Casal

Profesor Titular y ex Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica Andrés Bello, Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid, Individuo de Número de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales.

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