20. agosto 2026

Apuntalando la reinteramericanización para Venezuela: por una re-construcción democrática con enfoque de género

La discusión sobre los caminos y estándares para una transición en Venezuela es todavía una tarea que plantea diversas preguntas: ¿Avanza Venezuela realmente hacia una transición democrática? ¿Es suficiente hablar de transición en los términos en que la experiencia de otros países nos ha mostrado? Seguir explorando estas respuestas es un ejercicio colectivo que convoca diversas experticias especialmente desde la academia, tanto de Venezuela, como a nivel regional y global. Hay una pregunta que sigue teniendo la misma respuesta, pero todavía sin el protagonismo que requiere: ¿Se puede hablar de transición o re-construcción en Venezuela en clave neutral? La respuesta es que no. En este artículo sobre la situación de derechos humanos de las mujeres como una realidad impostergable de abordar en un eventual proceso de justicia transicional, junto a Julie Guillerot, ofrecimos reflexiones preliminares al respecto. En este blog se comparten apuntes adicionales para insistir en este punto.

La hoja de ruta de la reinteramericanización con enfoque de género

Como apuntan Mariela Morales y Edward Pérez en esta entrada, la reconstrucción democrática en Venezuela es un desafío regional y, en ese horizonte, pensar en una hoja de ruta que tenga en el centro la reinteramericanización es la propuesta principal que se ha venido gestando desde el Ius Constitutionale Commune en América Latina (ICCAL).

En el artículo arriba señalado, se abordó el ejercicio de proyectar cómo podría aterrizarse una dimensión de género en un proceso de justicia transicional en Venezuela, teniendo como punto de partida los hallazgos y recomendaciones de organismos internacionales de derechos humanos en relación con la situación de mujeres, niñas y adolescentes. Esto se planteó justamente como una hoja de ruta para abordar algunas de las situaciones más [SAM1] representativas del panorama general sobre los derechos de las mujeres en el caso de Venezuela, que debería ser un mínimo ineludible en cualquier proceso de transición.

En ese sentido, la propuesta de la reinteramericanización, como marco para la re-construcción en Venezuela, debería tener como un eje central y prioritario el cumplimiento de las obligaciones del Estado venezolano en relación con el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencias y discriminación. Es importante recordar que las obligaciones que ha asumido Venezuela en este ámbito, específicamente a partir de tratados internacionales especializados como la Convención de Belém do Pará y la Convención de la CEDAW -considerando al Sistema Universal como un aporte complementario y necesario en esta discusión- se han mantenido plenamente vigentes. No obstante, y a pesar de que se trata de obligaciones reforzadas, el desmantelamiento de las instituciones y el Estado de Derecho en Venezuela has ha desdibujado.

Las medidas de no repetición ordenadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la emblemática sentencia del caso López Soto y familiares, así como las recomendaciones específicas que han dado la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos, y los hallazgos de la Misión Internacional Independiente de determinación de los hechos sobre la República Bolivariana de Venezuela (MII), en relación con la situación de derechos de las mujeres en el contexto de Venezuela, siguen siendo urgentes de atender. Además, es importante tener en cuenta que tienen una clara relación con la discusión sobre la recuperación de la institucionalidad y la democracia.

Seguir profundizando en el modelo híbrido en relación con el enfoque de género

En el artículo junto a Julie Guillerot, también planteamos que encuadrar el enfoque de género, en un eventual proceso de transición en Venezuela, debería articular al menos dos aproximaciones o lo que nombramos como un modelo híbrido. Esto [SAM2] es, tanto “la incorporación de un análisis transversal de género que tenga en cuenta impactos diferenciados en los patrones de sistematicidad y las graves violaciones de los derechos humanos analizadas”, como la “incorporación concreta de hechos específicos de violencia —por ejemplo, la violencia sexual— como graves violaciones de derechos humanos cometidas especialmente contra mujeres y niñas”.

Al respecto hay un desafío importante que se mantiene vigente y que vale la pena recapitular. Si bien existe un diagnóstico que apunta a lo que más arriba se nombró como las situaciones representativas del panorama sobre derechos de las mujeres en Venezuela, lo cierto es que es todavía un análisis incompleto. Esto debido a que, incluso desde los mecanismos internacionales de derechos humanos, la incorporación de un enfoque de género para analizar el caso de Venezuela no siempre ha sido una constante.

En ese sentido, es fundamental que el acompañamiento que se realice desde la academia a esta discusión en Venezuela apunte también a formular propuestas concretas sobre qué puede aportar la reinteramericanización a este enfoque diferenciado, cuáles son las preguntas que el marco regional de derechos humanos necesita traer a la discusión, que tenga en cuenta ese modelo híbrido de análisis y desde la mirada de las obligaciones reforzadas a las que ya se hizo referencia sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencias y discriminación. La articulación con los mecanismos ya nombrados, y también otros como el MESECVI (Mecanismo de Seguimiento a la Convención de Belém do Pará) debería ser parte de esa agenda concreta.

De igual forma, los desarrollos que se han venido dando en el marco de otras experiencias como la colombiana y frente a la conceptualización de violencias basadas en género específicas, como la violencia reproductiva, es un aspecto en el que también se insiste es necesario profundizar. El caso Venezuela plantea la necesaria superación de una mirada limitada sólo a los derechos civiles y políticos, sino también la inclusión de las violaciones de derechos económicos, sociales y culturales, de ahí que es importante la consideración sobre estos desarrollos. Por dejar algunos ejemplos nombrados para la discusión, conviene señalar que tanto en la última evaluación sobre Venezuela del Comité de la CEDAW, como en los informes de la CIDH, se han referido medidas implementadas por el Estado venezolano como la “práctica de esterilizaciones bajo coacción”, en tanto método irreversible ofrecido específicamente a mujeres en edad reproductiva “de forma periódica, coordinada, gratuita y a nivel nacional”, en el contexto del colapso del sistema de salud y las graves afectaciones a los derechos sexuales y reproductivos como uno de los impactos diferenciados de la emergencia humanitaria compleja. La MII también se ha referido a casos de mujeres privadas de libertad que sufrieron abortos por las torturas sufridas durante su detención.

Un comentario adicional: el diseño para la re-construcción también necesita un enfoque de género

El caso Venezuela plantea múltiples desafíos. Cómo restaurar la democracia y el Estado de Derecho en un contexto de cooptación autoritaria es una de las tantas preguntas sobre las que la academia también continúa reflexionando. Sin duda, la apuesta de la reinteramericanización para Venezuela implica abordar la recuperación del sistema de justicia y su independencia. Esta discusión también necesita tener en cuenta qué significa el acceso a la justicia para las mujeres, y qué requiere la re-construcción del sistema de justicia para garantizar su independencia desde este enfoque.

Los aportes para responder a esta pregunta también son fundamentales porque la erosión del sistema de justicia en Venezuela no sólo ha jugado un rol instrumental para los crímenes y las prácticas de terrorismo de Estado[SAM3] , sino que también ha posibilitado una grave situación de violencia institucional en el que las mujeres víctimas de violencias basadas en género -exacerbadas en el contexto actual- pueden a su vez ser objeto de persecución por motivos de discriminación con base al género. Si bien estos casos no se relacionan directamente con patrones como los de persecución política, sí muestran que existe un claro impacto diferenciado en la falta de independencia e imparcialidad del poder judicial en Venezuela.

En tanto el sistema de justicia en Venezuela es hoy un partícipe directo en acentuar la discriminación histórica que han enfrentado las mujeres,
la persistencia de las actitudes patriarcales y los estereotipos [de género]” que han permeado gravemente sus prácticas y respuestas, debe ser también un aspecto central en la discusión sobre su restauración.  


Cita recomendada
Selene Soto Rodríguez, Apuntalando la reinteramericanización para Venezuela: por una re-construcción democrática con enfoque de género, 20. agosto 2026, ICCAL Blog, https://iccal.lat/blog/apuntalando-la-reinteramericanizacion-para-venezuela-por-una-re-construccion-democratica-con-enfoque-de-genero/